Artículo N.3:
Los fines de la Asociación serán los siguientes:
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Actuar como el órgano representante de las reservas naturales privadas asociadas.
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Defender los intereses de las reservas naturales privadas a nivel general e individual ante el Gobierno de Costa Rica, otros gobiernos, organismos internacionales, organismos no gubernamentales y entidades privadas.
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Ser el órgano informativo de las reservas naturales privadas entre sí y ante el público en general.
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Promover la valorización del bosque y otros recursos biológicos en todos los aspectos relacionados con la biodiversidad, protección de cuencas, fijación de carbono, utilización de material genético, mantenimiento de belleza escénica y producción de agua y energía.
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Fortalecer las relaciones entre las reservas naturales privadas, mediante el intercambio de información, el apoyo mutuo y la creación de un foro interno para expresar las inquietudes de los miembros.
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Con el fin de desarrollar la conservación de los recursos naturales de las reservas naturales privadas velar por la disposición de los aportes de carácter económico, técnico y legal que hagan entidades nacionales e internacionales a la Asociación.
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Favorecer la educación, la capacitación y la toma de conciencia en lo relativo a la conservación, impacto ambiental, jurisprudencia, planes de manejo, protección y productividad de las reservas naturales privadas, tanto para sus asociados como para la comunidad general.
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Fomentar y encauzar la asesoría técnica, legal y económica para el desarrollo de las reservas naturales privadas en Costa Rica, sin dejar de lado la ayuda que en este sentido se pueda brindar a las reservas de otros países que así lo soliciten.
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Definir y promulgar los conceptos éticos y prácticos relevantes a la creación y buen manejo de una reserva privada.
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Colaborar efectivamente con todas aquellas asociaciones , grupos e instituciones públicas o privadas, nacionales e internacionales que trabajen en pro de la conservación de los ecosistemas y del bienestar de las comunidades.